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Transar el cupo de divisas acarrea desde multas hasta penas de cárcel
Experto jurídico advierte de un incremento de las consultas de personas naturales, citadas por los organismos de fiscalización, por no atender a las convocatorias para demostrar haber usado legalmente los cupos. Es necesario declarar las divisas al regresar de su viaje.
César Noriega

Foto: VANESSA RANGEL

El experto jurídico Dorta Martínez observó que el Ejecutivo nacional ha establecido convenios con gobiernos de otros países para impedir la operación de gestores dedicados al llamado "raspado de cupo". / Foto: VANESSA RANGEL

15 Sep, 2014 | El abogado Jerjes Dorta Martínez refirió que en el último año han aumentado las consultas de personas naturales que enfrentan procesos de investigación por parte del Ministerio Público o sanciones administrativas del Centro de Comercio Exterior (Cencoex), debido a las supuestas irregularidades cometidas con los cupos en divisas a la tasa oficial.

"Este año, el Gobierno ha endurecido los controles y establecido penas del tipo pecuniaria e incluso de privación de libertad contra los ilícitos cambiarios", explicó Dorta Martínez.

El Cencoex ha citado a verificar el uso dado a las divisas autorizadas por la extinta Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) a casi 30.000 personas en lo que va de 2014. A estas personas se les aprobaron montos en moneda internacional para pagar gastos de viajes al exterior o compras por internet.

Las empresas que han recibido divisas a tasas oficiales también han sido citadas a demostrar en qué usaron los recursos. De un universo de 1.059 empresas, el Cencoex ha citado a 75 de éstas, de las cuales 60 recibieron sanciones por no atender la convocatoria del organismo.

El jurista detalló que la Ley de Ilícitos Cambiarios contempla sanciones monetarias y penales para distintas modalidades de delitos con moneda extranjera, entre los que se incluyen el llamado "raspacupo" que consiste en la simulación de una venta de bienes y servicios para la obtención de divisas en efectivo, o la reventa a terceros de los cupos viajeros o electrónicos, que implica que personas entregan a terceros sus tarjetas de crédito con cupo de divisas aprobado, para que aquellos sean los que finalmente hagan los gastos en el exterior.

Las sanciones a particulares por usos distintos a los declarados pueden conllevar la prohibición de solicitar divisas y cuando éstas, presuntamente desfalcadas al Estado, ascienden a montos mayores, puede acarrear la privación de libertad.

"Lo más importante para evitar ser sancionado es declarar los usos de las divisas en el plazo fijado por el Cencoex", enfatizó el abogado.

"En nuestro país la mayoría es gente buena, solo una minoría es la que estaba trampeando. Cualquier cambio que se quiera hacer al control de cambio tiene que ser dentro del marco legal, no violando lo que establece el ordenamiento jurídico vigente", dijo Martínez.

Sanciones

Foto: ARCHIVO

Dorta Martínez enfatizó la necesidad de declarar usos de las divisas después de regresar de un viaje del exterior. / Foto: ARCHIVO

Las penas por ilícitos cambiarios van desde cumplir de tres a siete años de prisión y multa del doble, equivalente en bolívares, del monto de la operación cambiaria, además de la venta o reintegro de las divisas al BCV, según indica el artículo 6.

El instrumento legal especifica que el uso indebido de divisas aprobadas para importar bienes de primera necesidad acarrea la privación de la libertad por un período de dos a seis años y una multa equivalente en bolívares al doble del monto de la operación.

Cuando se utilicen medios electrónicos o de instrumentos propios de la materia bancaria, financiera o contable, la pena será del ilícito cometido, aumentado de un tercio a la mitad; aplicará una sanción similar cuando en el ilícito participe un funcionario público valiéndose de su cargo, así que no crea en "exenciones" ficticias. Quien incumpla la norma, tendrá que vérselas con las autoridades, se lee en un remitido de prensa del despacho jurídico Dorta Martínez.

Cambios legales

La normativa cambiaria ha sufrido importantes variaciones en el último año. En febrero de 2014, el Ejecutivo nacional reformó la Ley de Ilícitos Cambiarios para crear el Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (Sicad II), que subasta dólares a una tasa que ha promediado los 49 bolívares y en el que se participa presentado ofertas a través de las instituciones bancarias.

La reforma más reciente eliminó a Cadivi, bajo cuestionamiento tras varios meses después que se conociera que por esta vía se entregaron de 25.000 millones a 30.000 millones de dólares a empresas ficticias, según datos revelados en mayo de 2013 por Edmée Betancourt, expresidenta del BCV.

Procesos judiciales

El Ministerio Público informó que por ilícitos cambiarios han investigado a 1.492 personas, 237 imputados, 49 acusados y 34 condenados hasta el mes de agosto. Entre los funcionarios de Cadivi procesados se encuentra el oficial del Ejército Francisco Navas Lugo, exgerente del organismo cambiario, y ha sido condenado el exdirectivo William Rojas Graterol, junto a su hijo, por crear empresas ficticias para obtener divisas de manera fraudulenta.




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