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TSJ declara no ha lugar solicitud de antejuicio de mérito contra magistrados Ordenó, entre otras cosas, remitir copia certificada del fallo al Consejo Moral Republicano para que ejerza las acciones que correspondan en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y jurídicas en general. Redacción | @elsoldmargarita
Fachada del Tribunal Supremo de Justicia / Foto: ARCHIVO 16 Jun, 2017 | Caracas. La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia de su presidente Maikel Moreno, declaró no ha lugar la solicitud de antejuicio de mérito realizada por la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, contra los magistrados principales de la Sala Constitucional del TSJ: Juan José Mendoza Jover, Arcadio Delgado Rosales, Carmen Zuleta de Merchán, Calixto Antonio Ortega Ríos, Luis Damiani Bustillos y Lourdes Suárez Anderson, así como Federico Fuenmayor Gallo y René Degraves Almarza, magistrados suplentes de la mencionada Sala, y en consecuencia se decreta el sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 378 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 113 de la Ley Orgánica del TSJ. Asimismo, la Sala Plena del Máximo Juzgado considera inoficioso pronunciarse con respecto a la solicitud de amparo cautelar y subsiguiente medida cautelar innominada de suspensión de efectos solicitada, dado el pronunciamiento emitido, señala nota de prensa.
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