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Publicado en Gaceta Oficial providencia para adquisición de divisas
Cupo para compras electrónicas pasó a 300 dólares al año. Para quienes viajen a Florida, en los Estados Unidos, el monto máximo será de 700 dólares en uso de tarjetas de crédito.
AVN

Foto: CORTESIA

Gaceta Extraordinaria Nº 6.122 con las nuevas providencias para adquisición de divisas. / Foto: CORTESÍA

24 Ene, 2014 | Este viernes circula la Gaceta Oficial Nº 6.122 donde se publica la providencia del Centro Nacional de Comercio Exterior con las especificaciones relacionadas a la adquisición de divisas para usos en el extranjero y compras electrónicas.

Además, incluye las providencias relacionadas con el uso de las tarjetas de crédito en el exterior, las remesas familiares y pago de operaciones propias de las líneas aéreas; inversiones internacionales, pagos de regalías, y operaciones propias de las aseguradoras.

Una de las principales especificaciones que se desprenden de la Gaceta es la reducción del cupo para compras electrónicas de 400 dólares a 300 dólares al año.

El texto señala que "Cadivi podrá autorizar hasta un monto máximo de 300 dólares o su equivalente en otra divisa entre para el pago de consumos y bienes y servicios efectuados con tarjeta de crédito, mediante operaciones de comercio electrónico con proveedores en el extranjero desde Venezuela".

El Centro Nacional de Comercio Exterior instruye a Cadivi a que proceda a las modificaciones de los textos legales arriba mencionados.

También el Banco Central de Venezuela (BCV) publica el Convenio Cambiario N° 25 que establece que la liquidación de divisas se efectuará al tipo de cambio resultante de la última asignación de divisas realizada a través del Sicad y que será publicado a través de la página web del Banco Central de Venezuela.

El nuevo tipo de cambio incluye, además del uso de las tarjetas de crédito en el exterior, las operaciones electrónicas con proveedores extranjeros.

Asimismo se señala que la coordinación, el control, requisitos, procedimientos corresponde ahora al Centro de Comercio Exterior Nacional.

El documento precisa además que Cadivi podrá autorizar hasta un monto máximo de 3.000 dólares por año, entre el 1º de enero y el 31 de diciembre, para el pago en divisas en el extranjero con tarjeta de crédito, tal como sucedía hasta ahora, de acuerdo con la providencia vigente desde de 2010.

Para quienes viajen a Asia, África, Europa y Oceanía, se autorizará un máximo anual de 2.000 dólares por un viaje de hasta siete días y 3.000 dólares si supera los ocho días.

Para Belice, Canadá, Chile, El Salvador, Estados Unidos (excepto el estado de La Florida), Guatemala, Guyana, Honduras, México y Surinam; Antigua y Barbuda, Bolivia, Cuba, Dominica, Ecuador, Nicaragua, San Vicente y Las Granadinas; Argentina, Brasil, Paragua y Uruguay; se autorizarán 1.000 dólares, por un viaje de hasta tres días; de cuatro a siete días, 2.000 dólares; y 2.500 dólares, de ocho días en adelante.

Mientras, para Aruba, Bonaire, Colombia, Costa Rica, Curazao, Panamá, Perú y el estado de La Florida, en Estados Unidos, el monto máximo será de 300 dólares en viajes de hasta tres días; 500 dólares, de cuatro a siete días; y 700 dólares de ocho días en adelante.

En el caso de otros destinos en el Caribe, las autorizaciones máximas serán de 500 dólares para salidas de hasta tres días; 700 dólares, de cuatro a siete días; y 1.000 dólares para más de ocho días.

Entre los cambios están Perú, que hasta ahora tenía un monto máximo autorizado de 2.500 dólares y pasó a 700 dólares; Panamá, que se redujo de 1.000 dólares a 700; y la diferenciación que se estableció para la Florida, en Estados Unidos.

Para adelanto de efectivo por cajeros automáticos, permanece un máximo mensual de 10% del monto total autorizado. El efectivo para viajeros será de 300 dólares (Colombia, Panamá, Costa Rica, Perú, Florida y las islas del Caribe) o 500 dólares (el resto de los destinos).

Estas mismas cantidades son las que podrán recibir los niños y adolescentes, al igual que hasta ahora.

El nuevo sistema cambiario del país establece que los dólares para viajeros serán liquidados a la tasa que defina el Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad). La más reciente divulgada por el Banco Central de Venezuela (BCV) fue de 11,36 bolívares por dólar.

Foto: Cortesía

Gaceta Extraordinaria Nº 6.122 con las nuevas providencias para adquisición de divisas. / Foto: Cortesía




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