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Autorizan a bancos y mercado de valores hacer operaciones del Sicad 2
Las entidades bancarias deben anunciar públicamente en sus oficinas, con avisos, el tipo de cambio de referencia que publique cada día el BCV para estas transacciones.
AVN

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Banco de Venezuela. / Foto: ARCHIVO

18 Mar, 2014 | Caracas.- El Banco Central de Venezuela (BCV) publicó una normativa que abre paso a la apertura de un nuevo esquema cambiario en el país: el Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (Sicad 2). La resolución fue publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.128, del 17 de marzo de 2014, que circuló este martes.

El instituto emisor autorizó mediante una resolución a los bancos universales, comerciales, microfinancieros, la Bolsa Pública de Valores Bicentenaria y operadores de mercado de valores, efectuar operaciones de corretaje en el mercado de divisas, en efectivo o en títulos valores denominados en moneda extranjera, únicamente a través del Sicad 2.

En la Gaceta se precisa que las operaciones de corretaje o intermediación en el mercado de divisas, son aquellas que se deriven de la facilitación de transacciones entre compradores y vendedores de divisas en el Sicad 2.

La resolución precisa que la documentación que reciban los clientes que realicen estas operaciones en Sicad 2 debe dejar constancia de la transacción realizada, el tipo de cambio aplicado y los montos de la transacción y las comisiones.

Asimismo, se puntualiza que la solicitud de compra de divisas a través del Sicad 2 comportará para el banco universal que la tramite la apertura de una cuenta en moneda extranjera, si el cliente no la posee en el sistema financiero nacional. En esta cuenta, la entidad acreditará el monto en dólares liquidado.




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