![]() |
EL TIEMPO EN MARGARITA 28°C |
TSJ ordena respetar asignaciones del SNI También se exige a las universidades que los bachilleres inscritos deben iniciar el periodo lectivo correspondiente a la referida asignación de cupos. AVN
La solicitud de amparo se introdujo el 22 de mayo pasado. / Foto: ARCHIVO 9 Jul, 2015 | Caracas. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó a las universidades nacionales autónomas respetar las asignaciones hechas por el Sistema Nacional de Ingreso (SNI), plataforma automatizada diseñada por el Gobierno nacional para que los bachilleres tengan acceso a los cupos universitarios a esas casas de estudios superiores. Con esta medida, el TSJ exige a las universidades la inclusión efectiva de los aspirantes para garantizar oportunidades de estudio sin exclusiones sociales, religiosas, étnicas y físicas. "El fallo del alto juzgado, de ejecución inmediata e incondicional, ordena a las universidades nacionales permitan el registro y posterior inscripción oportuna a los estudiantes que tengan cupo asignado por intermedio del Sistema Nacional de Ingreso, para cursar estudios en las diferentes carreras, de acuerdo con los criterios y lapsos establecidos por la OPSU (...)", refiere la sentencia, citada en una nota de prensa del TSJ. Dicha sentencia del máximo tribunal ordena a las universidades: Central de Venezuela, de Carabobo, del Zulia, de Oriente, Simón Bolívar, de los Andes y demás casas de estudio nacionales abstenerse de actuaciones que estén en contra de los lineamientos del Consejo Nacional de Universidades (CNU) y de la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU) -responsables del Sistema Nacional de Ingreso-, puesto que esto conllevaría a consecuencias jurídicas previstas por la legislación en caso de desacato. Esta decisión del TSJ se corresponde con la demanda de protección de intereses colectivos interpuesta por una estudiante de bachillerato contra las autoridades de la UCV y del resto de las universidades autónomas. Baremo Para las asignaciones, el baremo toma en cuenta el 50% del índice académico de los estudiantes; 30% condiciones socioeconómicas; 15% territorialización y 5% para la participación en procesos de ingreso anteriores y en actividades extracurriculares.
| ||||