El (in) cumplimiento de disposiciones constitucionales: Manuel Plácido Maneiro y Francisco Javier Yanes al Panteón Nacional
26 Mar, 2025 | El numeral 15 del artículo 187 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que corresponde a la Asamblea Nacional: “Acordar los honores del Panteón Nacional a venezolanos y venezolanas ilustres que hayan prestado servicios eminentes a la República, después de haber transcurrido 25 años de su fallecimiento. Esta decisión podrá tomarse por recomendación del Presidente o Presidenta de la República, de las dos terceras partes de los Gobernadores o Gobernadoras de Estado o de los rectores o rectoras de las Universidades Nacionales en pleno.”
En este tema el Estado Nueva Esparta tiene varios asuntos pendientes, pero ahora sólo nos referiremos a dos casos emblemáticos: al prócer Manuel Plácido Maneiro y al patriota e historiador cubano-venezolano Francisco Javier Yanes, por cuanto, a pesar de haberse cumplido con la firma de los decretos respectivos hace más de cien (100) años, a la presente fecha no ha tenido lugar.
MANUEL PLÁCIDO MANEIRO
Nació en Pampatar en la segunda mitad del siglo XVIII, en fecha aún no precisada. Dedicado en su juventud al comercio de cabotaje por las costas de Venezuela y de algunas islas del Caribe, mantenía relaciones muy frecuentes con hacendados y propietarios de Caracas. Cuando estalló el movimiento patriótico del 19 de abril de 1810, algunos miembros de la Junta de Caracas que le conocían, lo designaron para llevar la noticia a la Provincia de Margarita y procurar su incorporación al proceso independentista, tarea que cumplió de manera exitosa. Ello es lo que explica que el 4 de mayo, a escasos días de haber asumido tan delicadas responsabilidades, el pueblo margariteño, al igual que en Caracas, reunido en La Asunción, obligó a renunciar al Gobernador Joaquín Puelles, y luego se procedió a la instalación de la Junta Provincial. Maneiro formó parte de esta Junta y desde ese momento se inició su vertiginosa carrera político-militar de carácter dirigencial. Al año siguiente (1811) la Junta de Margarita lo designó único representante para asistir, en Caracas, al acto de la firma del Acta de Independencia. En el Acta gloriosa Maneiro estampó su firma de manera digna y resuelta.
En la continuación de nuestras luchas por la emancipación, Maneiro fue víctima de una situación imprevista: el contagio del Mal de Lázaro, lepra, que a pesar de su resistencia, fue reduciéndolo progresivamente hasta ocasionarle la muerte. Se truncó así la trayectoria de un joven margariteño que despuntaba como uno más de los puntales de la revolución. En fecha, aun sin precisar, falleció y fue enterrado en un sitio que ha resultado desconocido por la generalidad.
A la distancia de casi un siglo de su desaparición física, el Senado de la República, con motivo del centenario de la Independencia, el 21 de junio de 1910, acordó rendirle los honores correspondientes mediante el traslado de sus restos al Panteón Nacional. La Comisión viajó a Margarita y las pesquisas por la localización de sus restos resultaron infructuosas. No se pudo cumplir el mandato senatorial por encontrarse el cadáver en tumba desconocida. Desde ese momento el tema quedó en estado de latencia.
Es pertinente agregar aquí que la familia Maneiro constituye una de las tantas familias ilustres de Margarita. De su seno han nacido escritores, músicos, poetas, educadores, políticos, que han dado importantes contribuciones al acervo espiritual del país. En el último de los casos citados y de sus frutos más recientes, destaca la figura de Alfredo Maneiro, político revolucionario de relevante participación en el contexto nacional.
Con motivo de la celebración del bicentenario de nuestra independencia -2010- retomamos la idea y a pesar de todas las gestiones realizadas no pudimos culminarlas de manera exitosa. Las autoridades del Panteón Nacional, no obstante, nos informaron en una oportunidad que todos los trámites habían sido cumplidos y que sólo estaban a la espera de las instrucciones del Gobierno Nacional.
En nuestro criterio, el cumplimiento de este mandato no sería tan difícil o engorroso, porque el traslado de sus restos sería de manera SIMBÓLICA, es decir, bastaría con colocar una placa conmemorativa.
FRANCISCO JAVIER YANES
Nació en Puerto Príncipe, hoy Camaguey, el 12 de mayo de 1777. En edad temprana la familia lo trasladó a Caracas y en esta ciudad continuó su formación académica y culminó sus estudios universitarios, obteniendo el título de Abogado en la Real y Pontificia Universidad de Caracas, hoy Universidad Central de Venezuela. Desde un principio simpatizó con el movimiento independentista y al desencadenarse los sucesos políticos del 19 de abril de 1810 se incorporó a la lucha y a partir de entonces inició su carrera meteórica y polifacética, todo al servicio de la revolución y siempre ocupando lugares destacados. Algunos ejemplos, tomados al azar, ilustrarán el carácter de sus ejecutorias: Como político, presidió las sesiones del Congreso Constituyente de 1811; como abogado, contribuyó a redactar nuestra primera Constitución y un amplio cuerpo de leyes; como combatiente, tomó las armas para participar en numerosos enfrentamientos; como periodista, fundó, dirigió y colaboró en numerosos órganos de prensa, en especial en el Correo del Orinoco; como antologista, asumió la ordenación y publicación, en varios tomos, de la obra titulada Documentos para la vida pública del Libertador; como protector de la memoria histórica del país, construyó un extraordinario archivo, constituido por documentos originales y de copias autógrafas constante de 36 volúmenes, que actualmente pueden ser consultados en el Archivo de la Academia Nacional de la Historia, Caracas; como historiador, escribió varias obras, entre las cuales destaca su Historia de Margarita, que culminó en 1822 y publicada por primera vez en 1939, constituyéndose así en el pionero de la historiografía de la región insular venezolana. Yanes tuvo una relación intensa y prolongada con el pueblo margariteño durante siete años consecutivos -1819-1825- mientras ejerció la Presidencia de la Corte de Almirantazgo que se instaló en Santa Ana del Norte y su puerto -Juangriego- por decisión del Congreso de Angostura. Con base en tan extraordinaria y ejemplar trayectoria fue reconocido como Fundador de la Nación Venezolana. Yanes falleció el 17 de junio de 1842. Para él se decretó los honores del Panteón Nacional en el año 1876. Aun cuando la gran mayoría de los historiadores afirman en sus obras que sus restos ya reposan en el Altar de la Patria, nuestras investigaciones al respecto han demostrado que es falsa esta noticia y que, en verdad, se encuentran en sótano de la Catedral de Caracas.
Dadas las particularidades de esta voluntad excepcional, a lo que se agrega el detalle de haber nacido en Cuba, debe plantear al Presidente de la República asumir la iniciativa del traslado de sus restos al Panteón Nacional, en el marco de un programa patriótico de hermanamiento de las repúblicas de Venezuela y Cuba, a desarrollar en Caracas, la isla de Margarita y Camaguey.
PROPUESTA
El pueblo margariteño exige al Gobierno Nacional hacer justicia a la vida y obra de tan ilustres patriotas, ya que se ha colmado suficientemente la paciencia de la espera: en el caso de Maneiro, 115 años y en el caso de Yanes, 149 años. Aquello de que la Constitución se hizo para aplicarla, no contempla excepciones ni justificaciones de ningún funcionario público, incluyéndose aquí al Presidente de la República y a los miembros de la Asamblea Nacional.
Nuevo Chimbote, Perú, 8 de marzo 2025.