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3 de noviembre de 2026





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Portero que “impactó bruscamente” contra Jesús de Miguel podría ser castigado con hasta 12 partidos
El Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), en relación con la sanción deportiva, podría aplicar el artículo 102, que relata las sanciones derivadas del epígrafe “Producirse de manera violenta hacia un/a adversario/a”. El jugador del Tenerife falleció este martes
Redacción

3 Nov, 2026 | La Policía Nacional española abrió una investigación sobre la muerte del futbolista Jesús de Miguel, del Club Deportivo Tenerife, que está ya bajo supervisión judicial, confirmaron este martes 3 de noviembre a EFE fuentes de la Comisaría provincial.

La muerte del jugador, de 30 años, se produjo en el Hospital Nuestra Señora de La Candelaria, donde permanecía en cuidados intensivos, horas después de sufrir un fuerte impacto del portero del Andorra Jesús Owono en la pugna por un balón dividido, en los últimos minutos del partido de la Segunda División del fútbol español disputado este lunes 2 de noviembre en el Heliodoro Rodríguez López.

El futbolista recibió un fuerte golpe en el pecho, tras el cual entró en parada cardiorrespiratoria. El incidente obligó a suspender definitivamente el encuentro en el minuto 108, con el fin de facilitar el acceso al terreno de juego de los servicios sanitarios. ´

“Rotos de dolor, con un nudo en la garganta y sin poder creer que esto sea verdad, desde el CD Tenerife comunicamos el trágico fallecimiento, este martes, día 3 de noviembre de 2026, a las 8.00 horas, de Jesús de Miguel Alameda”, informó el club canario en sus redes sociales.

Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Canarias detallan que toda muerte que no tiene causa natural, sea por accidente o por otro motivo, conlleva la apertura de oficio de una investigación judicial, como en este caso.

El fiscal jefe de Santa Cruz de Tenerife, José Luis Sánchez-Jáuregui, ve “muy difícil” que se abra un proceso penal por el fallecimiento de Jesús de Miguel, pues el golpe que recibió se produjo en un lance del juego y habrá que esperar a lo que determine el Comité de Disciplina Deportiva.

En declaraciones a EFE, Sánchez-Jáuregui señaló que una doctrina muy antigua del Tribunal Supremo indica que las lesiones en el ámbito deportivo no son punibles excepto, obviamente, si ha habido una agresión de un jugador a otro en un momento de parada del juego.

Precisó el fiscal que, en todo caso, hay que atenerse primero a lo que recoja el acta arbitral y, posteriormente, a lo que dictamine el Comité de Disciplina Deportiva.

En concreto, añadió, habrá que esperar a conocer si éste considera que en la jugada desencadenante del fatal desenlace ha habido juego peligroso o muy peligroso, y si entiende que el golpe efectuado por el portero del Andorra, Jesús Owono, fue con intención de hacer daño o no.

Si la familia del jugador fallecido no estuviese de acuerdo con las conclusiones, puede proceder a presentar una denuncia por supuesta agresión con resultado de muerte que daría pie a una investigación, pero el fiscal jefe subraya que difícilmente pasaría de la calificación de homicidio por imprudencia menos grave.

Explica que se trataría de un homicidio no doloso, similar a lo que ocurriría si como consecuencia de un empujón alguien cae y se rompe la nuca, en un acto en el que no ha habido intención de matar expresamente; esto es, un homicidio por imprudencia.

Jesús Lázaro Owono, portero del Andorra, podría ser sancionado con hasta 12 partidos por su expulsión este lunes 2 de noviembre en la recta final del partido CD Tenerife-Andorra, correspondiente a la duodécima fecha de LaLiga Hypermotion (Segunda División española), tras “impactar bruscamente” sobre el futbolista del Tenerife Jesús de Miguel, si el Comité de Competición aplica el artículo 102 del Reglamento de la RFEF.

El jugador del Tenerife, que ingresó en urgencias en el hospital Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria, de Santa Cruz de Tenerife (Islas Canarias), falleció a primera hora de la mañana de este martes 3.

El Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), en relación con la sanción deportiva, podría aplicar el artículo 102, que relata las sanciones derivadas del epígrafe “Producirse de manera violenta hacia un/a adversario/a”.

“Producirse de manera violenta con un/a adversario/a, con ocasión del juego, originando consecuencias dañosas o lesivas que sean consideradas como graves, por su propia naturaleza o por la inactividad que pudieran determinar, y siempre que no constituya falta de mayor entidad, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos”, dice el artículo.

Manuel Ángel Pérez Hernández, árbitro del partido entre el Tenerife y el Andorra, envió a ambos equipos al vestuario después de la dura entrada que dejó inconsciente sobre el terreno de juego al jugador del conjunto canario Jesús de Miguel y “ante la gravedad de los hechos”, según escribió en el acta.

El colegiado añadió en el acta que decidió la suspensión del encuentro en el minuto 96 de “mutuo acuerdo entre todas las partes”.

“El partido fue detenido en el minuto 96 para la atención médica del jugador dorsal 9 del equipo local. Ante la gravedad de los hechos y no observando mejoría sobre el estado de salud de dicho jugador, nos retiramos a vestuarios”, explica el colegiado en el escrito, publicado en la página web oficial de la RFEF.

“Una vez reunidos con capitanes y delegados de ambos equipos, nos comunican que no se encuentran en disposición anímica de continuar el partido. Por lo tanto, se decide dar por suspendido el partido tras el mutuo acuerdo entre todas las partes”, añadió.

Fruto de la dura entrada sobre De Miguel, fue expulsado el portero Jesús Lázaro Owono “en el minuto 90” por “impactar bruscamente con su pierna en alto sobre un adversario con uso de fuerza excesiva cuando el balón estaba en disputa”, agregó el colegiado.

“El jugador fue atendido sobre el terreno de juego, abandonando posteriormente el terreno de juego en camilla. Al cierre del acta no se presenta certificado médico”, relata el árbitro en el acta.

El árbitro recoge que “la reanudación” del encuentro “sería mediante un tiro libre directo en el centro del campo favorable al CD Tenerife y restaban dos minutos por jugarse (suspendido en el minuto 96)”. El resultado entonces era 2-2.




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